Reclamaciones de responsabilidad del producto
California fue pionera en responsabilidad estricta por productos defectuosos. Cuando un producto en el que confiaba lo daña a usted o a su familia, el fabricante, el distribuidor y el minorista pueden ser considerados responsables, independientemente de si fueron negligentes.
Lesiones personales
Ley de responsabilidad del producto de California
California es la cuna de la ley moderna de responsabilidad por productos defectuosos. En la histórica decisión de 1963 Greenman contra Yuba Power Products, Inc., la Corte Suprema de California estableció que los fabricantes son estrictamente responsables de las lesiones causadas por productos defectuosos, lo que significa que el consumidor lesionado no necesita demostrar negligencia. En The Law Offices of Farris Ain, utilizamos el poderoso marco de protección al consumidor de California para responsabilizar a los fabricantes, distribuidores y minoristas cuando sus productos causan daño.
Responsabilidad estricta: el estándar Greenman
Según Greenman v. Yuba Power Products (1963) 59 Cal.2d 57, un fabricante es estrictamente responsable por agravio cuando comercializa un producto sabiendo que se utilizará sin inspección para detectar defectos, y se demuestra que el producto tiene un defecto que causa daño. El razonamiento es sencillo: los fabricantes están en la mejor posición para prevenir defectos y deberían asumir el costo cuando los productos defectuosos perjudican a los consumidores.
La responsabilidad estricta se aplica a todas las entidades de la cadena de distribución, no sólo al fabricante. Esto incluye fabricantes de componentes, ensambladores, mayoristas, distribuidores y minoristas. No se requiere relación contractual directa; incluso un transeúnte lesionado por un producto defectuoso puede presentar un reclamo de responsabilidad estricta.
Tres tipos de defectos del producto
Defectos de diseño
Existe un defecto de diseño cuando el diseño del producto en sí es inherentemente peligroso, incluso cuando se fabrica exactamente según lo previsto. California aplica la prueba de dos partes establecida en Barker v. Lull Engineering Co. (1978) 20 Cal.3d 413:
- Prueba de expectativas del consumidor: ¿El producto no funcionó con la seguridad que esperaría un consumidor común cuando se usó de la manera prevista o razonablemente previsible?
- Prueba de riesgo-beneficio: ¿El riesgo de peligro inherente al diseño supera los beneficios de ese diseño? Según esta prueba, la carga de demostrar que los beneficios del diseño superan los riesgos recae en el fabricante, una ventaja significativa para los demandantes.
La prueba de dos partes de Barker es uno de los estándares de defectos de diseño más amigables para los demandantes en el país y es una piedra angular de los litigios por responsabilidad de productos de California.
Defectos de fabricación
Un defecto de fabricación ocurre cuando una unidad específica de un producto se desvía de su diseño previsto debido a un error en el proceso de fabricación. El producto fue diseñado de manera segura, pero esta unidad en particular no se fabricó correctamente. Los ejemplos incluyen un vehículo con una soldadura defectuosa, un producto farmacéutico contaminado durante la producción o un electrodoméstico con un componente instalado incorrectamente.
Los casos de defectos de fabricación suelen ser el tipo más sencillo de reclamación por responsabilidad del producto porque el demandante puede señalar las especificaciones de diseño del propio fabricante para demostrar que el producto tal como se entregó no se ajustaba al diseño previsto.
Advertencias y defectos de marketing (falta de advertencia)
Un producto puede ser defectuoso si carece de advertencias o instrucciones adecuadas sobre los riesgos conocidos asociados con su uso. Incluso un producto bien diseñado y fabricado adecuadamente puede ser “defectuoso” según la ley de California si el fabricante sabía o debería haber sabido de un riesgo y no proporcionó las advertencias adecuadas a los consumidores. Esto es particularmente importante en los casos de dispositivos médicos y farmacéuticos, donde el fabricante tiene el deber continuo de actualizar las advertencias a medida que se dispone de nueva información sobre riesgos.
Responsabilidad estricta versus negligencia
Los reclamos por responsabilidad del producto en California pueden presentarse bajo teorías tanto de responsabilidad estricta como de negligencia. La diferencia clave:
- Responsabilidad estricta: el demandante sólo necesita demostrar que el producto era defectuoso y que el defecto causó el daño. No se requiere prueba de culpa o descuido.
- Negligencia: El demandante debe demostrar que el fabricante no ejerció un cuidado razonable en el diseño, fabricación, prueba o advertencia sobre el producto.
Por lo general, aplicamos ambas teorías simultáneamente, ya que las demandas por negligencia permiten evidencia adicional del conocimiento del fabricante, la toma de decisiones interna y la reducción de costos que pueden ser muy persuasivas para un jurado.
Lesiones de dispositivos médicos
Los dispositivos médicos defectuosos (incluidos implantes de cadera y rodilla, mallas quirúrgicas, marcapasos, bombas de insulina e instrumentos quirúrgicos) causan miles de lesiones cada año. Estos casos a menudo involucran dispositivos que fueron aprobados a través del proceso de autorización 510(k) de la FDA (que requiere sólo una demostración de “equivalencia sustancial” con un dispositivo existente) en lugar de una aprobación rigurosa previa a la comercialización. Los problemas de preferencia federal pueden complicar los casos de dispositivos médicos, por lo que es esencial contar con un asesor legal experimentado.
Lesiones farmacéuticas
Las drogas y medicamentos peligrosos pueden causar efectos secundarios graves que el fabricante conocía o debería haber descubierto mediante pruebas adecuadas. Los casos de responsabilidad farmacéutica frecuentemente implican no advertir a los médicos y consumidores sobre riesgos conocidos, supresión o manipulación de datos de ensayos clínicos, promoción no autorizada para usos no aprobados y contaminación durante la fabricación. La doctrina del intermediario aprendido de California afecta la forma en que se evalúan las obligaciones de advertencia en los casos de medicamentos recetados, ya que las advertencias están dirigidas a los médicos que prescriben y no a los pacientes.
Retiros de productos de consumo
La retirada de un producto por parte de la Comisión de Seguridad de Productos de Consumo (CPSC) o del fabricante es una prueba contundente de que un producto era defectuoso. Sin embargo, no es necesario realizar un retiro para presentar un reclamo por responsabilidad del producto, y la ausencia de un retiro no significa que un producto sea seguro. Muchos productos defectuosos permanecen en el mercado durante años antes de que se emita un retiro del mercado, si es que alguna vez se emite alguno.
Daños en casos de responsabilidad del producto
Las víctimas de productos defectuosos pueden recuperar una compensación por gastos médicos, pérdida de salario y capacidad de ingresos, dolor y sufrimiento, angustia emocional, desfiguración, pérdida del disfrute de la vida y daños a la propiedad. En casos que impliquen el ocultamiento consciente de un defecto del producto o una conducta particularmente atroz, es posible que se disponga de daños punitivos para castigar al fabricante y disuadir conductas similares en el futuro.
"La ley de California impone la carga a quien corresponde: al fabricante, no al consumidor. Cuando un producto defectuoso causa lesiones, la responsabilidad estricta significa que no es necesario demostrar que el fabricante fue descuidado. Sólo hay que demostrar que el producto era defectuoso".
¿Lesionado por un producto defectuoso?
Las leyes de responsabilidad estricta de California responsabilizan a los fabricantes cuando sus productos causan daño. Contáctenos para una consulta gratuita para discutir su caso.