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Demandas por nacimiento ilícito

Cuando los profesionales médicos no diagnostican las afecciones fetales o no asesoran adecuadamente a los padres sobre los riesgos genéticos, se niega a las familias la información que necesitan para tomar decisiones con conocimiento de causa. Estos casos tan personales requieren tanto conocimientos jurídicos como una defensa compasiva.

Daños corporales

Ley de nacimiento ilícito de California

Una demanda por nacimiento ilícito surge cuando los profesionales médicos no informan a los padres de los defectos genéticos o de las graves afecciones médicas de un feto, información que habría permitido a los padres tomar una decisión informada sobre la conveniencia de continuar con el embarazo. En las The Law Offices of Farris Ain, manejamos estos casos delicados con la compasión que las familias merecen, al mismo tiempo que buscamos la compensación necesaria para proveer el cuidado de por vida de su hijo.

Nacimiento ilícito frente a vida ilícita

La legislación de California reconoce una importante distinción entre estas dos reclamaciones relacionadas pero separadas:

Nacimiento ilícito (reclamación de los padres)

Los padres presentan una demanda por nacimiento ilícito. Alegan que, debido a la negligencia de un profesional sanitario -por no realizar o interpretar correctamente las pruebas genéticas prenatales-, se negó a los padres información que les habría permitido tomar una decisión reproductiva con conocimiento de causa. Los padres alegan que, de haber conocido la enfermedad del niño, habrían optado por no concebir o por interrumpir el embarazo.

Homicidio culposo (reclamación del menor)

Se interpone una demanda por homicidio culposo en nombre del niño, alegando que, de no haber sido por la negligencia del proveedor, el niño no habría nacido. Los tribunales de California han rechazado en gran medida las reclamaciones por homicidio culposo por motivos de orden público, sosteniendo que es imposible calcular los daños y perjuicios comparando la vida con discapacidad con la inexistencia. Sin embargo, California sigue siendo uno de los pocos estados que ha reconocido una forma limitada de reclamación por homicidio culposo por gastos médicos extraordinarios.

El marco de Turpin contra Sortini

La histórica sentencia del Tribunal Supremo de California en el caso Turpin contra Sortini (1982) 31 Cal.3d 220 estableció el marco jurídico de las demandas por nacimiento y vida ilícitos en California. En Turpin, el tribunal:

  • Se reconocen las reclamaciones de nacimiento ilícito de los padres, lo que permite recuperar los costes extraordinarios de criar a un niño con discapacidades más allá de lo que cabría esperar de un niño sano.
  • Reconoció parcialmente las reclamaciones por homicidio culposo del niño, pero limitó la indemnización a los gastos médicos y de atención extraordinarios, rechazando la indemnización general por daños y perjuicios por dolor y sufrimiento o angustia emocional en nombre del niño.
  • Rechazó el argumento de que estas demandas son intrínsecamente inmorales, sosteniendo que los padres tienen derecho a tomar decisiones reproductivas informadas

Fundamentos comunes de las demandas por nacimiento ilícito

Las demandas por nacimiento ilícito suelen surgir por fallos durante el proceso de atención prenatal:

No ofrecer pruebas genéticas

Los profesionales sanitarios tienen el deber de informar a los pacientes de las pruebas de cribado genético disponibles, sobre todo cuando existen factores de riesgo. Esto incluye no recomendar la amniocentesis, el muestreo de vellosidades coriónicas (CVS) o las pruebas prenatales no invasivas (NIPT) a pacientes con edad materna avanzada, antecedentes familiares de afecciones genéticas u otros factores de riesgo.

Interpretación negligente de los resultados de las pruebas

Incluso cuando se realizan pruebas, los errores de laboratorio o la mala interpretación de los resultados pueden dar lugar a falsos negativos, haciendo creer a los padres que su hijo está sano cuando existe una afección grave. Entre las enfermedades que suelen pasarse por alto están el síndrome de Down, la enfermedad de Tay-Sachs, la fibrosis quística y defectos del tubo neural como la espina bífida.

Fracasos del asesoramiento genético

Los asesores genéticos que no comunican adecuadamente los riesgos, malinterpretan los historiales médicos familiares o no recomiendan las pruebas de seguimiento adecuadas pueden ser responsables cuando se niega a los padres información fundamental sobre la salud genética de sus hijos.

Falta de diagnóstico de afecciones fetales mediante ecografía

Los radiólogos y ginecólogos-obstetras que no identifican anomalías estructurales visibles durante las ecografías rutinarias -como defectos cardíacos, anomalías en las extremidades o anomalías cerebrales-pueden ser responsables de nacimiento ilícito cuando la omisión del diagnóstico privó a los padres de tomar una decisión con conocimiento de causa.

Probar una demanda por nacimiento ilícito

Para establecer una demanda por nacimiento ilícito en California, el demandante debe probar:

  • Deber: el profesional sanitario tenía el deber de informar a los padres de las pruebas disponibles o de interpretar y comunicar adecuadamente los resultados de las pruebas
  • Incumplimiento: El proveedor no cumplió la norma de atención aplicable en las pruebas, el diagnóstico o el asesoramiento prenatales
  • Causalidad: Si los padres hubieran recibido información precisa, habrían tomado una decisión reproductiva diferente.
  • Daños y perjuicios: Los padres han incurrido o incurrirán en gastos extraordinarios como consecuencia de la enfermedad del niño

Como ocurre con todos los negligencia médica se requiere el testimonio de expertos para establecer la norma de atención y demostrar cómo el proveedor se desvió de ella. El caso también debe cumplir con el requisito de notificación previa a la demanda de 90 días de California en virtud del CCP § 364.

Indemnizaciones disponibles

La indemnización por daños y perjuicios en los casos de nacimiento ilícito se centra en los costes extraordinarios de criar a un hijo con discapacidad, entre los que se incluyen:

  • Gastos médicos y quirúrgicos de por vida superiores a los de un niño normal
  • Costes de educación especial y terapia (física, ocupacional, del habla)
  • Equipos de adaptación, modificaciones del hogar y tecnología asistencial
  • Cuidados de enfermería y asistencia a domicilio
  • Angustia emocional de los padres
  • Pérdida de consorcio entre cónyuges

Dado que la MICRA se aplica a las demandas por nacimiento ilícito como una forma de negligencia médica, los daños no económicos están sujetos a los límites establecidos en la AB 35. Sin embargo, los daños económicos -que a menudo representan el componente más importante de estos casos- no tienen límite. Sin embargo, los daños económicos -que a menudo representan el componente más importante en estos casos- no tienen límite.

Prescripción

Se aplica el plazo de prescripción de la negligencia médica previsto en CCP § 340.5: tres años a partir de la fecha de la lesión o un año a partir de la fecha del descubrimiento, lo que ocurra primero. Dado que las lesiones por nacimiento ilícito a menudo no se descubren hasta después del nacimiento o incluso más tarde, la regla del descubrimiento es particularmente importante en estos casos.

"Estos casos son profundamente personales. Las familias merecen tanto compasión como una defensa agresiva para asegurar los recursos que su hijo necesitará para toda una vida de cuidados."

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Estos casos requieren tanto experiencia legal como una profunda compasión. Póngase en contacto con nosotros para una consulta gratuita y confidencial para discutir la situación de su familia y las opciones legales.