Reclamaciones por resbalones y caídas
Los propietarios tienen el deber legal de mantener condiciones seguras para los visitantes. Cuando fallan y usted resulta herido, deben rendir cuentas. Los casos de resbalones y caídas pueden parecer sencillos, pero demostrar la responsabilidad requiere una investigación exhaustiva y representación legal con experiencia.
Lesiones personales
Ley de resbalones y caídas de California
Los accidentes por resbalones y caídas se encuentran entre las causas más comunes de lesiones graves en California. Una caída en el piso mojado de una tienda de comestibles, una acera irregular o una escalera mal iluminada puede provocar fracturas de huesos, traumatismos craneoencefálicos, lesiones de columna y dolor crónico que dura toda la vida. En The Law Offices of Farris Ain, investigamos estos casos a fondo para establecer la responsabilidad y buscar una compensación completa para nuestros clientes.
Responsabilidad de locales según la ley de California
Los casos de resbalones y caídas caen bajo la responsabilidad de locales, el principio legal de que los propietarios y ocupantes tienen el deber de mantener su propiedad en condiciones razonablemente seguras. Según el artículo 1714 del Código Civil de California, toda persona es responsable de las lesiones causadas por no ejercer el cuidado habitual en la gestión de su propiedad.
A diferencia de muchos otros estados que utilizan un sistema de clasificación complicado basado en si la persona lesionada era un invitado, un licenciatario o un intruso, California aplica un estándar general de deber de diligencia siguiendo la decisión histórica en Rowland v. Christian (1968) 69 Cal.2d 108. Esto significa que los propietarios tienen el deber de tener un cuidado razonable con todas las personas que se encuentran en su propiedad, aunque las circunstancias específicas de la visita siguen siendo relevantes para determinar qué es "razonable".
El requisito de notificación
Uno de los elementos más críticos en cualquier caso de resbalón y caída es demostrar que el dueño de la propiedad sabía o debería haber sabido acerca de la condición peligrosa. La ley de California reconoce dos formas de notificación:
Conocimiento efectivo
El propietario o sus empleados conocían directamente la situación peligrosa. Por ejemplo, un empleado que vio un derrame en el piso pero no lo limpió ni colocó un letrero de advertencia tiene conocimiento efectivo.
Conocimiento imputado
Incluso si nadie observó directamente el peligro, el propietario puede ser acusado de conocimiento imputado si la condición existió durante un período de tiempo suficiente para que una inspección razonable la hubiera descubierto. Los tribunales consideran factores como:
- ¿Cuánto tiempo existió la condición peligrosa antes del accidente?
- Si el propietario contaba con un protocolo de inspección razonable
- Si el peligro era obvio u oculto
- Si en el área los peligros eran previsibles (p. ej., cerca de una sección de productos agrícolas o de una máquina de hacer hielo)
En algunos casos, el dueño de la propiedad puede haber creado la condición peligrosa por sí mismo, eliminando por completo la necesidad de probar la notificación.
Peligros comunes de resbalones y caídas
Según nuestra experiencia en el manejo de estos casos, las condiciones peligrosas más comunes incluyen:
- Pisos mojados o resbaladizos: Líquidos derramados en tiendas de comestibles, pisos recién trapeados sin señales de advertencia, entradas resbaladizas por la lluvia sin tapetes
- Superficies irregulares: aceras agrietadas o deformadas, umbrales elevados, transiciones de pisos irregulares, baches en estacionamientos
- Mala iluminación: escaleras, estacionamientos, pasillos y pasillos mal iluminados que impiden que los visitantes vean los peligros.
- Pasamanos rotos o faltantes: escaleras sin pasamanos adecuados o con barandales sueltos y rotos que fallan al agarrarlos.
- Escombros y obstáculos: Mercancía abandonada en los pasillos, cables de extensión en los pasillos, materiales de construcción en áreas comunes.
- Peligros relacionados con el clima: no abordar el hielo, la nieve o el agua estancada en pasillos y entradas
- Escaleras y escalones defectuosos: alfombras desgastadas en las escaleras, alturas de escalones inconsistentes, baldosas sueltas
Negligencia comparativa en casos de resbalones y caídas
El sistema de negligencia comparativa pura de California significa que la defensa casi siempre argumentará que la persona lesionada tuvo parte de culpa: por no mirar hacia dónde iba, usar calzado inadecuado o ignorar las señales de advertencia. Bajo este sistema, sus daños se reducen según su porcentaje de culpa, pero aún puede recuperarse incluso si se determina que tiene más del 50% de culpa.
Las compañías de seguros utilizan agresivamente argumentos de negligencia comparativa para minimizar los pagos en casos de resbalones y caídas. Un abogado experimentado sabe cómo contrarrestar estos argumentos centrándose en la falta de mantenimiento de las condiciones seguras por parte del propietario.
Reclamaciones de propiedad gubernamental
Si su resbalón y caída ocurrió en propiedad del gobierno (una acera pública, un edificio gubernamental, un parque público o una instalación de transporte público), se aplican reglas especiales. Según el Código de Gobierno § 911.2, debe presentar una reclamación contra el gobierno dentro de los seis meses posteriores al incidente, mucho antes del plazo general de prescripción de dos años. No presentar este reclamo dentro del plazo de seis meses puede impedir permanentemente su caso.
Las entidades gubernamentales también tienen inmunidades y defensas específicas que no están disponibles para los propietarios privados, lo que hace que estos casos sean particularmente desafiantes. Es fundamental consultar a un abogado inmediatamente después de una caída en propiedad gubernamental.
Lesiones comunes en casos de resbalones y caídas
Las caídas pueden causar lesiones mucho más graves de lo que la mayoría de la gente espera, especialmente en los adultos mayores:
- Fracturas de cadera: especialmente peligrosas para las víctimas de edad avanzada, ya que a menudo requieren cirugía y rehabilitación prolongada.
- Lesiones cerebrales traumáticas: los golpes en la cabeza durante una caída pueden causar conmociones cerebrales, hematomas subdurales y otras lesiones cerebrales.
- Lesiones de la columna: hernias de disco, fracturas por compresión y daño de la médula espinal
- Fracturas de muñeca y hombro: por intentos instintivos de frenar una caída
- Lesiones de rodilla y tobillo: rotura de ligamentos, fracturas e inestabilidad articular crónica
Plazo de prescripción
El plazo general de prescripción para reclamaciones por resbalones y caídas en California es de dos años a partir de la fecha del accidente según CCP § 335.1. Sin embargo, como se señaló anteriormente, los reclamos contra entidades gubernamentales requieren un reclamo por agravio dentro de los seis meses según el Código de Gobierno § 911.2.
"Los propietarios tienen la responsabilidad de mantener sus instalaciones seguras. Cuando toman atajos en el mantenimiento y alguien resulta herido, deben rendir cuentas".
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